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Movimiento Social de los Patriotas Chilenos

Exigimos la libertad de todos los uniformados presos políticos


BLOG OFICIAL


10 de febrero de 2012

"Condena a B. Garzón Estremece al Poder Judicial Chileno" y otros artículos, por el Crl. (J) Arturo Ruiz



CONDENA EN ESPAÑA A BALTASAR GARZÓN 
QUE PONE FIN A SU CARRERA JUDICIAL 
ESTREMECE AL PODER JUDICIAL CHILENO



10 de febrero de 2012

Las condenas en España (una de las cuales ya es realidad) al Juez Garzón que termina con su carrera judicial, ha estremecido al Poder Judicial Chileno.

En efecto, tal y como lo han sostenido los Ministros de la EXCMA. CORTE SUPREMA, señores NIBALDO SEGURA y RUBEN BALLESTEROS -este último además, actual Presidente del máximo Tribunal de la República-, el procesar a los militares y uniformados en general por hechos de 1973 no es procedente por prohibirlo normas expresas, no sólo legales, sino constitucionales, y han fundado sus votos disidentes, PRECISAMENTE, en la jurisprudencia española, pues nuestras normas vienen de los textos de la madre patria.

GARZÓN está siendo condenado POR LA UNANIMIDAD DE LA SALA PENAL DE LA CORTE SUPREMA ESPAÑOLA,        QUE DECLARA TEXTUALMENTE: “DEBEMOS CONDENAR Y CONDENAMOS AL ACUSADO COMO AUTOR RESPONSABLE DE UN DELITO DE PREVARICACIÓN (delito por el cual un Juez dicta una resolución arbitraria, sabiendo que es injusta) A ONCE AÑOS DE INHABILITACIÓN ESPECIAL PARA EL CARGO DE JUEZ O MAGISTRADO, CON PERDIDA DEFINITIVA DEL CARGO QUE OSTENTA Y DE LOS HONORES QUE LE SON INHERENTES.”

Ya antes de esta resolución, el Colegio de Abogados Valdivia-Osorno, que comprende las jurisdicciones de la Región de Los Ríos y de la Región de Los Lagos, había representado “LO GRAVE QUE PODRÍA SIGNIFICAR QUE SE PRETENDA PERSEGUIR A FUNCIONARIOS DE CARABINEROS POR VIOLENCIAS INNECESARIAS PRESUNTAMENTE OCURRIDAS EN 1973, YA QUE ESTOS DELITOS PRESCRIBEN EN CINCO AÑOS Y SE ESTARÍA MULTIPLICANDO POR OCHO EL TIEMPO NO RESPETADO DE LA PRESCRIPCION. ESTOS CASOS PODRÍAN CONSIDERARSE COMO DE FLAGRANTE INDUCCIÓN A PREVARICACIÓN”, esto es, exactamente lo mismo por lo que se ha CONDENADO A GARZON.

Mayor preocupación aún se ha advertido en el Poder Judicial, si se considera que por parte de la defensa de Carabineros en la ciudad de Valdivia ya se denomina a estos procesos precisamente como de flagrante inducción a prevaricación, y todavía más, LA PRESIDENTA DEL COLEGIO DE ABOGADOS, DOÑA OLGA FELIU, HA AGREGADO QUE “ES UN FALLO ADMIRABLE , QUE VA A CAUSAR UN IMPACTO MUY IMPORTANTE EN LA JURISPRUDENCIA Y EN LA DOCTRINA JUDICIAL”, AGREGANDO QUE “LOS MAGISTRADOS TAMBIÉN ESTÁN SOMETIDOS AL DERECHO, Y EN CONSECUENCIA TIENEN QUE AJUSTARSE A LA LEY AL DICTAR SUS RESOLUCIONES.

La situación de Garzón y de los jueces en general, se estima se agravará de sobre manera, pues se espera una condena aún mayor, específicamente por no respetar la amnistía y la prescripción, sobre todo porque discriminando, al igual que en Chile, sí la aplicó para los izquierdistas y no para los franquistas.



La Estratagema de los "Mega Procesos"



Enero de 2012


Ante la imposibilidad jurídica, de acuerdo a las normas de derecho, de castigar a los uniformados que ostentaban la calidad de tales en el año 1973; se ha ideado por los detractores del Gobierno de las Fuerzas Armadas y de Orden, un sistema para poder sancionar a todos los uniformados de la época, mediante el simple expediente de procurar la formación de MEGA PROCESOS, esto es, de procesos artificiales, cuyo principal soporte son ni más ni menos que simples libros de autores marxistas a los que se pretende se les dé el valor de documentos irrefutables, como por ejemplo, libro “Los Zarpazos del Puma”, libro “La Guerra Privada del Capitán Fernández”, libro “Consejo de Guerra”, transcripciones de videos de entrevistas periodísticas, documentos provenientes de la Agrupación de Detenidos Desaparecidos, y varias obras panfletarias afines,  las que son no sólo agregadas a estos voluminosos autos, sino que citadas como si fueran la quintaesencia de la verdad revelada, al punto que logran que la acusación se funde en ellos. Y lo que es más increíble, han logrado que los Tribunales se confundan y les den precisamente el carácter de instrumentos con valor y autoridad, de la misma entidad y al mismo nivel de los que realmente se producen en un juicio y, en ocasiones, hasta dándoles más valor que a las pruebas propiamente judiciales.

Pero esta idea de los MEGA PROCESOS, no sólo tiene el inconveniente de tener un fundamento inconsistente como el indicado, sino que al estar los expedientes constituidos por más de diez mil fojas y varios tomos, se hace, si no imposible, muy difícil un estudio acucioso de cada situación y, entonces, se mezclan elucubraciones de estos libros o producciones de entes políticos interesados y con declaraciones sesgadas, se confunde al Tribunal y se solicita se acuse a cualquier uniformado sin que se respeten, respecto de ese uniformado, las normas, principios y derechos que normalmente se deben respecto de cada persona a la que se pretenda procesar.



NOS FUIMOS A LAS PAILAS

30-12-11

El Presidente saliente de la EXCMA. CORTE, ha dicho lo que ya exactamente ha sucedido.

Los Tribunales “se fueron a las pailas” hace tiempo.

Ello sucedió, cuando dejaron de aplicar la ley chilena y aceptaron gustosos “inventos” y “cuentos”.

La Constitución les impide a los jueces legislar, y no obstante ello, lo han hecho, pues el no respetar ni la Constitución que exige la igualdad de todos los habitantes de la República, ni las leyes que señalan que ningún delito puede investigarse si han transcurrido quince años (prescripción) y que tampoco puede castigarse si existe amnistía para ciertos hechos de un determinado período histórico. Al transgredir esto, se han colocado en el papel de legisladores, siendo esos actos insalvablemente nulos por claro mandato Constitucional.

Más aún, si todas esas normas las han aplicado siempre en beneficio de los terroristas y nunca en beneficio de los uniformados que salvaron a Chile, tal y como lo dice el Presidente saliente, “se fueron a las pailas”.

Pero todavía hay una luz en el horizonte, pues los mismos que “se fueron a las pailas”, han visto a alguien que siendo uno de los suyos, siempre ha respetado la Constitución y la ley, que siempre ha aplicado a todos, la prescripción y la amnistía, y en un gesto de auto salvación, los integrantes del máximo Tribunal de la República, han acudido a aquel de los suyos que reconocen incólume, recto y justo, al actual Presidente de la EXCMA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, don RUBEN BALLESTEROS CARCAMO.

Es de esperar que los Tribunales sigan el criterio jurídico de su EXCMO PRESIDENTE.

¡Que así sea!






RUBÉN BALLESTEROS CÁRCAMO,
UN EJEMPLO PARA SUS PARES

20-12-11

Ha sido elegido Presidente de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia, don Rubén Ballesteros Cárcamo.

Las siete partidas definían al ideal de un Juez, como a “un hombre bueno, sabedor de derecho”, es decir, lo más importante es que sea un hombre bueno, y en Derecho, bueno es necesariamente “justo”.

Don Rubén Ballesteros Cárcamo, es un verdadero juez ejemplar, justo, ecuánime y, lo que es más encomiable en nuestra época, con vocación inquebrantable de “dar a cada uno lo suyo”.

En sus innumerables sentencias y votos, en forma inalterable ha indicado, en primer término, que deben aplicarse las leyes chilenas y no teorías foráneas.

Con claridad, ha expresado que el Poder Judicial sólo tiene por norte, lo que le es propio, esto es juzgar, dentro de las normas vigentes y deslinda claramente la función judicial, de las funciones políticas de los otros poderes del Estado.

El Juez, lo ha dicho una y otra vez, no es legislador, no puede prescindir de la ley vigente y no puede apartarse, cuando la ley es clara, de su tenor literal, siéndole absolutamente prohibido, el “acomodar” las normas, o el “inventar” teorías absurdas, que “no creería ni un niño”, por lo que se ha opuesto terminantemente, y en forma muy valiente y ejemplar a la figura del “secuestro permanente”, inventada por abogados que pretenden inducir a los jueces a flagrantes prevaricaciones.

No es concebible, ha señalado una y otra vez, que se pretenda presumir que hombres que están privados de libertad hace años, sigan manteniendo secuestradas a personas desaparecidas.

La prescripción, es una necesidad social, pues es inconcuso, lo ha enseñado, que el curso del tiempo hace imposible no sólo el que se investigue con efectividad si han desaparecido testigos, evidencias, documentos, sino que se pueda dilucidar la verdad y por ello es que en todas las legislaciones se contemplan normas de prescripción, pues pasados más de quince años, investigar es utópico.

La prescripción la ha aplicado para todos, tanto para los extremistas como para los militares y ha señalado que ello no puede ser de otra manera, porque hacer distinciones es ofender a la Constitución Política de la República, que exige la igualdad en la aplicación de la ley penal para todos los habitantes de la Patria.

En cuanto a la amnistía, enseña que siempre en Chile, después de los graves conflictos entre hermanos, se han dictado leyes de amnistía, que siempre y en forma ejemplar, respetaron todos los gobiernos vencedores.

Ha reconocido que en el período de 1970 a 1973, el Poder Judicial se vio sobrepasado, denostado y desprestigiado por el Gobierno de la época, siendo uno de los Poderes, que junto al Legislativo, declararon el quiebre del Estado de Derecho.

En definitiva, ha indicado que Chile debe superar, como siempre fue antes, el quiebre producido y que para ello, lo adecuado es el respeto de la ley vigente. El ha señalado que si el Legislativo no ha dejado sin efecto ni la amnistía ni la prescripción, deben aplicarse dichas normas, a todos por igual, porque si ello no se hace, no se es justo y es obligación del Juez el ser, como dicen las normas provenientes de “Alfonso X, el sabio”, un hombre BUENO, sabedor de derecho.



KRASSNOFF, LOS ENCAPUCHADOS, LOS RÁBULAS Y LA VERGONZOSA PREVARICACION MULTIPLE AL DESCUBIERTO

26-11-11

Desde los albores de la Patria, los gobernantes dieron muestras de su patriotismo y cada vez que desde la independencia misma hubo conflictos entre hermanos, muy pronto el manto de la amnistía restablecía las heridas aún frescas, de cuerpos y almas.

El congreso y el Jefe de Estado establecían la amnistía y no hubo jamás juez alguno que osara no aplicar el bálsamo.

Pero el País cambió, y el odio que trajo la doctrina foránea, hizo más fuerte la venganza de aquellos que definitivamente fueron envenenados en mente y alma.
Pero la ley está allí, vigente, sin que el parlamento haya en algún momento dejado sin efecto la amnistía, y los jueces, que deben aplicar la ley, la han aplicado gustosos cuando se trata de marxistas y la han omitido cuando se trata de los uniformados que salvaron a Chile, escuchando y creyendo a los rábulas.
El tiempo transcurrió y si los jueces, prevaricando, esto es, si no han querido aplicar una ley vigente, sabiendo que está vigente y que no ha sido derogada, han PREVARICADO DE NUEVO, pues no han aplicado una segunda norma de derecho que les impide sancionar a quienes estén acusados de delitos de más de quince años, pues la institución denominada prescripción le impide a un juez, no sólo castigar, sino que investigar siquiera dicha causa.

Los jueces deben aplicar  la ley ahora vigente y no están facultados para castigar la Historia, ni para interpretar no que no es susceptible de apreciación, porque cuando le ley es clara, sencillamente debe aplicarse.

Los gobernantes de la Concertación eligieron a los jueces y determinaron los ascensos hacia las Cortes, tratando siempre de nombrar a su propia gente.
¿De qué sirven esas sentencias de estos jueces, que son a la vez Juez y Parte?
¿Tienen algún valor?

¡Ninguno! y la naturaleza espúrea de estos procesos ha sido acreditada y demostrada en el País. Hay una Región en que el máximo Tribunal de ella, ha debido dejar sin efecto numerosos autos de procesamiento en contra de uniformados, al demostrársele que no sólo no se ha respetado ni la prescripción ni la amnistía, sino que todos los testimonios son falsos y preparados por rábulas inescrupulosos.

Es la Corte de Apelaciones de Valdivia y no es raro tampoco, que el Colegio de Abogados de Valdivia y Osorno (único que abarca dos regiones) le haya señalado a un Ministro de la Excma. Corte Suprema, sus aprehensiones por las prevaricaciones.

Todos sabemos en el País, que el Brigadier Miguel Krassnoff Martchenko no está privado de su libertad por todas las falsas denuncias en que se le cataloga en 1973 como Jefe de una cúpula, cuando era apenas un teniente.  El está encarcelado porque en un enfrentamiento en que el enemigo estaba con armas incluso más poderosas que las de él, se dio muerte al jefe del MIR,  a Miguel Henríquez y por eso está injustamente preso, no por otra razón, ya que los juicios en su contra no tienen el menor valor, porque son varias veces ilegales y fruto de falsedades y prevaricaciones.

El lanzamiento de la cuarta edición del libro referido a su vida ha demostrado además que el odio introducido por los enemigos de la libertad está incólume y por ello es necesario que cese el inmovilismo de este pueblo adormecido por una propaganda infame, injusta e incesante.

NOTA: RÁBULA según el diccionario de la Real Academia de la Lengua significa: “ABOGADO INDOCTO, CHARLATAN Y VOCINGLERO”   ¿Le recuerda a algún barbudo?





LA PAJA EN EL OJO AJENO, LA VIGA EN EL PROPIO


25-10-11

En el constante ping pong entre los poderes ejecutivos y judicial, en que mutuamente se culpan de la puerta giratoria que tiene a todos los chilenos en manos de la delincuencia, incrementada ahora con los enmascarados, encapuchados, o como quiere que se les denomine a los “jóvenes idealistas”; el Presidente de la Corte Suprema ha señalado claramente al Gobierno : “NOSOTROS ESPERAMOS QUE SE RESPETE ESTE SISTEMA, DE TAL MANERA QUE LOS ASUNTOS SE DISCUTAN EN EL AREA SOLAMENTE JURISDICCIONAL Y NO SE POLITICEN Y SE TRATE DE INCLUIR A LOS JUECES EN LOS PROBLEMAS POLITICOS Y SOCIALES QUE HAY EN EL PAIS, PORQUE LOS JUECES NO SON LOS RESPONSABLES”

Pero en la realidad sí han sido responsables, pues no obstante que el Parlamento no ha derogado ni la ley de amnistía ni la prescripción, los jueces, al no respetar dichas normas, por cobardía de los otros dos poderes, se han precisamente politizado ya que están resolviendo sobre hechos del pasado, en circunstancias que la Constitución les prohíbe “aún a pretexto de circunstancias extraordinarias, otra autoridad y derechos que los que expresamente se les haya conferido en virtud de la Constitución y las leyes” y el artículo 93 del Código Penal dice claramente que “la responsabilidad penal se extingue por amnistía”, la cual “extingue” por completo la pena y todos sus efectos. El artículo 94 del mismo texto señala que la acción penal prescribe respecto de los crímenes más graves en quince años.

Haría muy bien el Excmo. Sr. Presidente de la Corte Suprema en recordarle esto, no sólo al Gobierno sino a los miembros de su propio poder, que siguen infringiendo a su vista y paciencia la Constitución y las Leyes, aunque claro, sólo respecto de los uniformados de 1973.







LOS PODERES EXINANIDOS GENERAN EL CAOS



22-10-11


Que el País esté a merced de los caprichos de una muchachada comunista que exige garantías al Presidente, que invade el Parlamento y que los parlamentarios, en la cúspide de su descrédito, no sólo acepten todo eso, sino que apoyen que una gran bandera chilena sea pintarreajada y no atinen sino a insultar a los carabineros que su propio Presidente ha llamado en socorro por la invasión de las JJ.CC.; significa ya un descalabro inconcebible, agudizado por estar más preocupados por adquirir iPads y subirse una y otra vez su abultada dieta.

Que el Gobierno, con un temor pavoroso, sólo se limite a observar como los Carabineros son agredidos cobardemente.

Que el Servicio Judicial, sin que el Presidente les dé orientaciones, se limite a seguir las instrucciones que le dieron los gobernantes de la Concertación, en orden a que funcione la puerta giratoria, de tal modo que ningún encapuchado haya sido condenado hasta la hora presente, mientras ellos están preocupados de aplicar todo el rigor de la ley a los veteranos de guerra del 73 que, paradojalmente, salvaron al País y muy en particular al entonces Poder Judicial, sobrepasado por los extremistas. (El antiguo Poder Judicial, pretendió ser transformado -el lector decidirá si con éxito- en un Servicio Judicial de la Concertación, por los gobernantes de este conglomerado que nombraba a los jueces.)

Que  el ejecutivo y este sistema judicial se echen la culpa recíprocamente por la puerta giratoria respecto de dichos encapuchados que asaltan, destruyen, queman, saquean y lesionan a los impotentes carabineros, sin que ninguno tenga la menor intención de apoyar a la ciudadanía, por ese atrabiliario temor a ofender a la “izquierda”, complejo ya asfixiante y paralizante.

Que la Policía de Investigaciones, por su parte, tenga un DEPARTAMENTO COMPLETO, de los cinco que la componen, indagando sobre falsas denuncias de hechos de 1973.

Todo esto significa que los poderes del estado (sí, así con minúsculas) son EXINANIDOS.

EXINANIDO SIGNIFICA “NOTABLEMENTE FALTO DE FUERZA Y VIGOR”.

Los poderes del estado no están cumpliendo su rol y eso sólo puede significar una cosa, que el caos está a pocos pasos.







DE LOS DERECHOS HUMANOS, DE LOS EXONERADOS, DE LOS FALSOS TORTURADOS Y DE LAS CAUSAS SOBRE INDUCCION A FLAGRANTE PREVARICACION.

19-10-11



Absolutamente todos los que vivieron la época del descalabro marxista de los años setenta y luego el Gobierno de Reconstrucción Nacional de las Fuerzas Armadas, han repugnado siempre la falsificación de la Historia por parte de los ineptos políticos que provocaron la gran crisis de 1970-1973.

Ahora sin embargo, ante el cúmulo de juicios sobre falsas torturas y negociados respecto de falsos exonerados, es preciso estarse a la verdad histórica y propender a que el Servicio Judicial (antiguamente Poder Judicial, cuando se respetaban las leyes chilenas, que sólo pueden cambiar los legisladores y mientras no lo hagan, los magistrados tienen que aplicarlas) de una vez por todas respete las normas que curiosamente sólo no respeta para los uniformados de 1973, pero que sí ha aplicado gustosamente la amnistía y la prescripción para los extremistas.

En lugar de seguir aplicando, contra leyes expresas, un exceso de rigurosidad para los ancianos soldados de 1973 y aplicar la puerta giratoria para los encapuchados, ni uno solo de los cuales ha sido encarcelado, debe ya respetar el principio fundamental de la igualdad ante la ley.

La ILTMA. CORTE DE APELACIONES DE VALDIVIA, ha dejado sin efecto en varias oportunidades, autos de procesamientos aberrantes que han alcanzado incluso hasta a la mujer de un cabo de carabineros de 1973.

Más aún, las causas antiguamente caratuladas sobre Derechos Humanos, deben pasar a denominarse conforme a lo que realmente son: CAUSAS DE INDUCCION A FLAGRANTE PREVARICACION.

En efecto, prevaricar es, en una de sus acepciones, NO APLICAR POR UN JUEZ LA LEY, A SABIENDAS, y en estos casos,  los querellantes están pidiendo, mediante falsas acusaciones y falsos testimonios, que no se apliquen las leyes, específicamente la amnistía y la prescripción respecto de los uniformados.

Flagrante, de acuerdo al diccionario de la Real Academia Española de la Lengua, significa: “QUE SE ESTA EJECUTANDO ACTUALMENTE”.

Afortunadamente, ya al menos en la CORTE indicada, se han dejado sin efecto estos falsos autos de procesamiento, pues dicen relación, no con DD. HH. (DERECHOS HUMANOS), sino con causas de IFP (INDUCCION A FLAGRANTE PREVARICACION).

Los Ministros de la EXCMA. CORTE SUPREMA, señores Ballesteros y Segura, han indicado hasta la saciedad que procede aplicar la PRESCRIPCION, pues decidir sobre  hechos ocurridos con más de quince años de antigüedad está prohibido por la prescripción.

En las causas IFP se pretende que se castigue por hechos de hace prácticamente CUARENTA AÑOS.

Mencionemos pues, las cosas por su nombre, ya no hay causas de DD.HH., sino sólo causas I. F. P.

Así las denominaré, en adelante, en todas las causas que me corresponda defender a mis camaradas.